SAT advierte multas de hasta más de 100 mil pesos

Por exigir indebidamente la constancia de situación fiscal

Zona Centro

Nicolás Cruz Hernández - 2026-02-09

El Administrador Desconcentrado de Servicios al Contribuyente de Veracruz “1” del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Edmundo Rogelio Naranjo Dávalos, alertó sobre malas prácticas generalizadas en la solicitud de la constancia de situación fiscal, mismas que ya están sancionadas por la ley a partir de este año.


Explicó que la constancia de situación fiscal contiene información sensible del contribuyente, como RFC, CURP, domicilio fiscal, régimen y actividad económica, por lo que es propiedad exclusiva del contribuyente y no debe entregarse a terceros de manera indiscriminada.


No pueden condicionarte una factura


El funcionario del SAT, fue enfático al señalar que es incorrecto que comercios, consultorios o empresas condicionen la emisión de una factura electrónica (CFDI) a la presentación de la constancia de situación fiscal. Precisó que para facturar solo se deben proporcionar cuatro datos fiscales:


RFC


Nombre o razón social


Código postal (únicamente el código, no el domicilio completo)


Régimen fiscal


“Pedir la constancia completa compromete los datos fiscales del contribuyente y no es conveniente”, subrayó.


Ya es infracción y habrá sanciones


Naranjo Dávalos informó que el Código Fiscal ya contempla una infracción específica para quienes condicionen la emisión de una factura a la entrega de la constancia de situación fiscal. Las multas van desde 21 mil 420 pesos y pueden superar los 100 mil pesos, y serán aplicadas de manera obligatoria por la autoridad fiscal.


Alternativa: la cédula de datos fiscales


Como solución práctica, explicó que el SAT pone a disposición la cédula de datos fiscales, documento que sí puede entregarse y que contiene únicamente los cuatro datos necesarios para facturar. Esta cédula puede obtenerse en línea, en el portal del SAT, ingresando con RFC o CURP, y se envía al correo registrado del contribuyente.


La constancia no “vence”


Otro punto aclarado fue que la constancia de situación fiscal no tiene vigencia. Solo pierde validez si el contribuyente cambia su régimen fiscal o domicilio. Mientras no exista modificación, la constancia permanece vigente de forma permanente, por lo que es incorrecto exigir versiones “actualizadas” cada tres meses.


Nómina: tampoco debe exigirse


El administrador del SAT también señaló que algunas empresas exigen la constancia para el timbrado de nómina, práctica que tampoco es correcta, ya que para ese trámite basta igualmente con la cédula de datos fiscales. Esto, dijo, evita que trabajadores pierdan tiempo acudiendo a módulos del SAT sin necesidad.


¿Dónde denunciar?


Naranjo Dávalos explicó que cualquier contribuyente al que le exijan indebidamente la constancia puede presentar una denuncia en el portal del SAT, en el apartado correspondiente, señalando al establecimiento o empresa que incurra en esta práctica.


Campaña nacional


Finalmente, informó que el SAT mantiene una campaña nacional de información para erradicar estas prácticas que llevan años ocurriendo, e hizo un llamado a los medios de comunicación a difundir la información para proteger los datos fiscales de la ciudadanía.


Aclaró que la infracción aplica exclusivamente cuando se condiciona la emisión de un CFDI, y no en trámites administrativos de gobiernos locales, aunque reconoció que en esos casos se requieren coordinaciones institucionales para simplificar procesos. “Queremos erradicar de una vez por todas estas malas prácticas y proteger la información de los contribuyentes”, concluyó.

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