Veracruz va por los bienes de la delincuencia organizada

+El gobernador estatal, Javier Duarte, presentó dos iniciativas con el objetivo de facultar a las autoridades de procuración de justicia para desvincular y destruir el sostén económico y material del crimen organizado

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El Universal - 2014-11-27

El gobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, presentó dos iniciativas de ley para arrebatar y administrar bienes o recursos de personas vinculadas con la delincuencia.

Durante sesión ordinaria del Congreso del Estado, el Ejecutivo Estatal presentó iniciativas para crear una Ley de Extinción de Dominio; y una Ley para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados o Abandonados.

Se dio entrada para su análisis a la propuesta que también busca homologar a leyes estatales lo establecido en la Ley Federal de Extinción de Dominio, Reglamentaria publicada el 29 de mayo de 2009.

De aprobarse, se establecerá un procedimiento que dicte la pérdida del derecho patrimonial sobre bienes de personas físicas o morales a favor del Estado, sin contraprestación alguna para su titular, en los casos previstos en la ley.

Y es que las autoridades consideran que la privación de la libertad de quienes los cometen, no es sanción suficiente, por lo que, el Estado debe ir más allá, al grado de aplicar acciones que permitan destruir todo el sostén económico y material que le sirve al crimen organizado.

El mandatario, dijo que la Ley de Extinción de Dominio para el Estado de Veracruz tiene por objeto facultar a las autoridades de procuración de justicia para desvincular y destruir el sostén económico y material del crimen organizado.

Ello al promover la extinción de la propiedad de bienes que sean instrumento, objeto o producto del delito, aun cuando no se haya dictado la sentencia que acredite la responsabilidad penal pero que existan elementos suficientes para determinar la existencia del acto delictivo.

De igual manera, dicha normatividad preve la afectación de los bienes que estén inscritos a nombre de terceros, pero con la condición de que existan suficientes elementos para determinar que son producto de delitos patrimoniales o de delincuencia organizada, y el acusado por estos delitos se comporte como dueño.

En cuanto a la Ley para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados o Abandonados, se busca otorgar facultades a la Procuraduría General de Justicia para resguardar, administrar e incluso asignar los bienes.

La dependencia actualmente interviene en el proceso de adjudicación de los referidos bienes, y para ello cuenta con el Departamento de Bienes Asegurados, encargado de realizar el procedimiento respectivo.

No obstante, la propuesta busca que este Departamento sea una unidad especializada con facultades más amplias, a fin de que participe no sólo en el procedimiento de adjudicación de bienes, sino también de su eficaz administración y destino final.

Los bienes asegurados de los que se decrete su abandono o decomiso, serán enajenados o destruidos por el Administrador en los términos de dicho ordenamiento y demás legislaciones aplicables.

Los recursos obtenidos por bienes en abandono serán destinados a la Procuraduría General de Justicia del Estado, previo procedimiento de enajenación y, en su caso, liquidación; y una vez satisfecha la reparación a la víctima, serán entregados en partes iguales a la Procuraduría General de Justicia del Estado, a la Secretaría de Salud y a la Comisión Estatal para Atención Integral a Víctimas del Delito.

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