El Tribunal Superior de Justicia de Veracruz confirmó la improcedencia respecto a la no conclusión del obra del Puente de Capoacán

Iniciada en la administración municipal 2008-2010 por la ex alcaldesa Guadalupe Porras David

Zona Sur

Humberto Arias - 2015-03-06

El Tribunal Superior de Justicia de Veracruz confirmó la improcedencia y el no ejercicio de acción penal, respecto a la presunta responsabilidad por la no conclusión del obra del Puente de Capoacán iniciada en la administración municipal 2008-2010 por la ex alcaldesa Guadalupe Porras David.

La obra que debió ser concluida en la Administración 2011-2013 por el ex alcalde Leopoldo Torres, quien de manera irresponsable y dolosa paro los trabajos, no obstante que había de por medio un anticipo y un contrato estrictamente requisitado.

La Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia resolvió la queja interpuesta por regidores del Ayuntamiento de Minatitlán, considerándola improcedente, confirmando en forma definitiva el no ejercicio de la acción penal decretado por el representante social especializado.

Se informó que , en términos constitucionales el Congreso del Estado y el órgano de fiscalización como Órgano Autónomo fiscalizar y autorizar las cuentas públicas lo que en la especie ya fue hecho a plenitud, sin que hubieran ejercitado su facultad de instaurar responsabilidad derivado de su actuar.

La entrega y recepción de la administración municipal 2008-2010 se llevó a cabo sin irregularidad alguna por el ORFIS, informando que no existió daño patrimonial alguno.

Además que tuvo conocimiento del contrato de obra pública de la Construcción del Puente Capoacán, sus condiciones y efectos sin que se derivara responsabilidad alguna durante su administración, por lo que no existió responsabilidad administrativa menos penal.

Cayendo la responsabilidad de la conclusión de la obra del Puente de Capoacán en la administración municipal 2011-2013 encabezada por el ex alcalde Leopoldo Torres García.

En torno a la inspección ocular que se hiciera del margen izquierdo del rio Coatzacoalcos llevada a cabo por la representación social y que aparece en secuencia fotográfica es incompleta y no aporta elemento alguno de convicción sobre responsabilidad sino estado de la obra pública iniciada.

Por lo que los agravios hechos valer en la queja de mérito fueron desestimados en su totalidad, previo estudio jurídico, por lo que los hechos expresados no son ilícitos por parte de la ex alcaldesa Guadalupe Josephine Porras David.

Lo anterior deja claro que la denuncia es parte de un revanchismo político, toda vez que una vez hecha la revisión de los hechos por los tres poderes constituidos y un órgano autónomo no existe ni existió irregularidad alguna, ni el ámbito administrativo, ni penal.

Por su parte el representante jurídico de la ex alcaldesa Guadalupe Porras, ante este medio expresó “Es momento de conocer a los individuos, a éstos se los juzga por sus obras no por dichos infamantes, ajenos, llenos de rencor y de ira, la verdad surge en su plenitud, ya que los ciudadanos son gente pensante y toman decisiones razonadas y son quienes deben saber la verdad”.
Vía telefónica la ex diputada local, hoy Secretaria General del a CNOP, solo dijo agradecer a toda la ciudadanía minatitleca la confianza que siempre tuvieron en ella.

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