Tipifica Congreso como delito, la violencia política

+Diputadas y diputados aprobaron con 46 votos a favor, la reforma al artículo 8 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

Congreso

COMUNICADO - 2016-07-07

Las diputadas y diputados de la LXIII Legislatura de Veracruz aprobaron una reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia que tipifica como delito la violencia política en razón de género e incluye los supuestos que constituirían este ilícito.

Durante la décima sesión ordinaria, del tercer año de labores y con 46 votos a favor, el Pleno avaló este dictamen – derivado de la iniciativa que presentó en marzo de este año la diputada Mónica Robles Barajas- que ayudará a combatir la violencia que sufren mujeres que buscan acceder a algún cargo o puesto público.

El Dictamen establece que constituye violencia política hacia las mujeres, quien impida u obstaculice el ejercicio de sus derechos político-electorales mediante la restricción de recursos, ocultamiento de información, aplicación de sanciones sin motivación y fundamentación, amenazas o amedrentamiento hacia su persona o familiares.

También es delito quien registre mayoritariamente a mujeres como candidatas en distritos electorales en los que el partido que las postule hubiere obtenido el más bajo porcentaje de votación en las anteriores elecciones, sean municipales, estatales o federales.

El que proporcione información falsa o imprecisa que induzca al inadecuado ejercicio de sus funciones políticas públicas de forma dolosa a mujeres candidatas o electas, titulares o suplentes o designadas para una función pública, es un ilícito.

Dar al Organismo Público Local Electoral datos falsos o información incompleta o errónea de la identidad de la mujer o mujeres candidatas a algún cargo de elección popular, con la finalidad de limitar o impedir su participación, constituye una violación.

Publicar o revelar información personal, privada o falsa, de las mujeres candidatas, electas, designadas o en el ejercicio de su representación política, con el objetivo de difamar o menoscabar su dignidad humana, y obtener con estas acciones, la renuncia y/o licencia al cargo electo o en ejercicio.de igual modos se establece como delito.

Asimismo, las autoridades estatales, municipales y los organismos autónomos en el ámbito de sus competencias, garantizarán a las mujeres el acceso y ejercicio pleno de sus derechos de participación política.

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