Busca PRI precisar reglas para la reelección de diputados en Veracruz

+ Presenta el diputado Carlos Antonio Morales Guevara iniciativa que reforma el Código Electoral y la Ley Orgánica del Poder Legislativo.

Congreso

Guillermo Gutiérrez Arias - 2017-06-15

El Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en la LXIV Legislatura, a través del diputado Carlos Antonio Morales Guevara, presentó una iniciativa de reforma al Código Electoral y la Ley Orgánica del Poder Legislativo, ambas del Estado de Veracruz, para determinar con precisión reglas relativas a la reelección de diputados.

Durante la sexta sesión ordinaria, del segundo periodo de la actual Legislatura, el diputado propuso que podrán ser sujetos a elección consecutiva los diputados que hayan ejercido el cargo, independientemente de su carácter de propietario o suplente.

La iniciativa prevé que los diputados que pretendan reelegirse deberán separarse del cargo cuando menos, 90 días antes de la elección. Una vez concluida la jornada electoral, o en su caso, recibida la constancia de mayoría o asignación, según se trate, podrán reincorporarse al mismo.

Los diputados que pretendan la reelección, sólo podrán ser postulados por el mismo Distrito Electoral por el que obtuvieron su constancia de mayoría en la elección inmediata anterior, o bien siendo incluidos en la lista de Diputados por el principio de Representación Proporcional del partido político que corresponda.

Para efectos de la reelección de diputados por el principio de mayoría relativa, el Consejo General del Instituto emitirá los criterios de equivalencia, cuando por acuerdos del Instituto Nacional Electoral cambie la demarcación de distritos electorales o el número total de éstos.

En el caso de diputados electos como candidatos independientes, sólo podrán postularse para la reelección con la misma calidad de candidato independiente, salvo que se afilie y demuestre su militancia en un partido político antes de la mitad de su mandato, caso en el que podrá postularse para reelección por dicho partido, bajo el principio de mayoría relativa o el de representación proporcional.

Los candidatos a diputados que busquen reelegirse en sus cargos, deberán declarar bajo protesta de decir verdad, estar cumpliendo los límites establecidos por la Constitución Federal y la del Estado.

Los servidores públicos que pretendan participar en una precampaña electoral o proceso interno, con el objeto de alcanzar la postulación o designación de su partido político para algún cargo popular en el Estado deberán solicitar licencia sin goce de sueldo para ausentarse de su cargo, por lo menos cinco días antes de su registro como precandidatos.

Quienes no resulten ganadores en el proceso interno podrán reincorporarse al cargo del cual pidieron licencia; los que sean postulados deberán mantener su licencia hasta la conclusión del proceso electoral.

En tribuna, el legislador Morales Guevara subrayó que doctrinalmente la reelección es vista con conveniencia pues al ser el voto el mecanismo de control democrático por excelencia, éste puede ser utilizado como un mecanismo de “premio y castigo”. En ese sentido, si un funcionario público busca reelegirse en el cargo, tiene que cultivar a su electorado, explicarles su conducta, presentarles argumentos, cifras y eventualmente algún beneficio material concreto.

La reelección permite la profesionalización de los legisladores. Como cualquier institución, el Poder Legislativo requiere una necesaria curva de aprendizaje, la cual se da generalmente en contra de la propia ciudadanía, y hay veces en donde el tiempo que los legisladores duran en su encargo, apenas alcanza para salir de dicha curva, añadió.

Esta iniciativa fue turnada a las Comisiones Permanentes Unidas de Organización Política y Procesos Electorales y De Gobernación, para su estudio y dictamen correspondiente.

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