Solicitarán daño moral en caso Bermúdez

++Debe jueza de Pacho Viejo garantizar la imagen y dignidad del señalado dicta orden federal

Zona Centro

CODIGOVERACRUZ.COM - 2018-02-19

Luego de que un juez federal determinara improcedente otorgar un amparo a Arturo Bermúdez Zurita en temas relacionados con su nombre en medios de comunicación, se señaló en el expediente que se debe proceder a requerir el daño moral.

Además se afirma que es responsabilidad de la jueza en Pacho Viejo la imagen y dignidad del señalado.

En su resolución el Juez afirma que se debe impugnar a través de lo dispuesto en la legislación civil del estado de Veracruz y específica que debe ser por daño moral o algún otro que considere la parte que solicitó el amparo, ya que es la figura idónea para combatir los actos reclamados.

En su argumentación el juez señala “que más bien se trata de hechos relacionados con el posible daño moral que se puede ocasionar al quejoso con motivo de la divulgación , publicación y difusión de datos personales e institucionales en medios de comunicación y redes sociales lo que en su caso podría ocasionar que el quejoso pueda instar algún juicio ante la instancia judicial correspondiente y de estimarlo conveniente exigir la reparación del daño moral”.

Y es que el artículo 1849 del Código Civil del estado de Veracruz establece que “por daño moral se entiende la afectación que una persona sufre en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspectos físicos o bien en la consideración de la misma que tienen los demás. Se presumirá que hubo daño moral cuando se vulnere o menoscabe ilegítimamente la libertad o la integridad física o psíquica de las personas”.

Bermúdez había solicitado que su nombre no fuera publicado en notas periodísticas respecto del caso de desaparición forzada.

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