Registro Electrónico de la Movilización de ganado gratuito, pide diputado Kuri Kuri

+Propuso que los ingresos que generen las guías que emiten los Ayuntamientos, sean recaudados por las propias autoridades municipales

Congreso

Boletín - 2018-03-12

El diputado Fernando Kuri Kuri presentó una iniciativa con proyecto de decreto a través de la cual pide que una vez que Veracruz aplique el Registro Electrónico de la movilización del ganado, conocido como REEMO, este sea gratuito y así no represente un costo adicional a los ganaderos, respecto a los derechos que ya tienen que pagar por las guías de tránsito.

El legislador destacó que Veracruz es de las pocas entidades federativas que aún no aplican el sistema de registro electrónico y que si bien presenta importantes avances y mejoras en términos del control del hato y contribuye a determinar, de forma más fácil, el origen ilícito de éste, debe vérsele como una estrategia de seguridad pública para la prevención y combate al abigeato.

“Debemos tener cuidado de no hacer de esta política de control del hato ganadero, una política de estrategia recaudatoria, adicional a los derechos que actualmente pagan los ganaderos, hecho que afectaría a los pequeños productores ubicados en localidades no urbanas, esto es, aquellos que viven en rancherías”.

El representante por el distrito de Acayucan propuso que los ingresos que generen las guías que emiten los Ayuntamientos, sean recaudados por las propias autoridades municipales, en lugar de centralizarse en la Secretaría de Finanzas y Planeación

“Ya que esta centralización de recursos hace que el sector ganadero, que los genera, no sea beneficiario directo de su contribución. Dejar que los Ayuntamientos recauden los ingresos por las guías de tránsito y que además sean destinados exclusivamente para fortalecer el sector ganadero del municipio, es una política de justicia presupuestaria, que ayudará a los municipios a participar en el fomento de la ganadería local”, apuntó.

Lo anterior, con fundamento en los Artículos 16 fracción III, 20, 34 fracción I y 35 fracción I de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; Artículo 48 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; y 8 fracción I del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo.

Finalmente, recordó que parte importante del hato ganadero se consume de forma local, lo que evidencia que la mayor parte de los productores veracruzanos, no venden al mercado nacional ni al extranjero su ganado, sino que lo comercializan en el mercado de su propio municipio.

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