Dota Congreso a los Ayuntamientos de atribuciones para planear su desarrollo

+Bajo la perspectiva metropolitana, para que ésta a su vez tenga una correspondencia en el Presupuesto de Egresos del Estado

Congreso

Boletín - 2018-06-19

El Congreso del Estado de Veracruz aprobó el Dictamen que reforma las Leyes de Planeación y la Orgánica del Municipio Libre con lo que se dota a los ayuntamientos de atribuciones suficientes para planear su desarrollo bajo la perspectiva metropolitana, para que ésta a su vez tenga una correspondencia presupuestal en el Presupuesto de Egresos del Estado.

La reforma, avalada por las y los legisladores, dota de facultades al Consejo para el Desarrollo Metropolitano del Estado para promover la elaboración de Programas Sectoriales de Desarrollo Metropolitano.

De esta manera se establece que el Consejo para el Desarrollo Metropolitano del Estado de Veracruz promoverá la elaboración de los Programas Sectoriales de Desarrollo Metropolitano para ser remitidos y aprobados por el Congreso del Estado en los primeros seis meses de iniciado el periodo de los ayuntamientos respectivos, los cuales serán considerados como el documento base para la presupuestación con recurso estatal de obras de carácter metropolitano.

Los Ayuntamientos podrán convenir con los de otros municipios del estado o de otras entidades federativas, la elaboración conjunta de planes de desarrollo para las regiones o zonas metropolitanas en las que se ubiquen

Esta reforma es resultado de la iniciativa que presentó, el 11 de Julio de 2017, el diputado Fernando Kuri Kuri.

Este Dictamen registró 36 votos a favor, sin votos en contra o abstención.

-Rechaza Pleno reformas a la Ley de Planeación-

En la sesión, el Pleno avaló el Dictamen por el que se declara improcedente dictaminar de manera positiva la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Planeación del Estado presentada, el 18 de Julio de 2017, por la diputada Miriam Judith González Sheridan.

El Dictamen refiere que la propuesta en que se describen las atribuciones de los Consejos de Planeación para el Desarrollo Municipal y de sus integrantes, además de resultar ociosamente exhaustivas, se considera que son inconstitucionales, pues se pretende que un órgano consultivo ordene a los Ayuntamientos qué hacer y cómo conformar sus propios órganos.





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