INM usa de manera ilegal ex cárcel en Fortín de las Flores: CNDH

+Con lo que se vulneran los derechos a la seguridad jurídica, a la protección a la salud, al interés superior de la niñez y al trato digno.

Zona Centro

La Jornada - 2018-01-15

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) acreditó que el Instituto Nacional de Migración (INM) utiliza de manera ilegal las instalaciones de lo que fuera una cárcel en Fortín de las Flores, Veracruz, como centro de detención de personas centroamericanas sin documentos, con lo que se vulneran los derechos a la seguridad jurídica, a la protección a la salud, al interés superior de la niñez y al trato digno.

Por ello, este organismo nacional dirigió una recomendación al titular del INM, Ardelio Vargas Fosado, debido a que 122 personas en contexto de migración internacional de nacionalidades guatemalteca, salvadoreña y hondureña, fueron detenidas y alojadas indebidamente en esa antigua cárcel, esto a pesar de no estar reconocida legalmente como recinto migratorio

La CNDH remarcó que los estándares internacionales asientan que la “detención” de las personas en contexto de migración sólo debería ser en los lugares previstos legalmente para ello. Sin embargo, diversos elementos mostraron que de 2014 a la fecha, la llamada Estancia Migratoria Fortín es utilizada para tal fin, aunque "no reúne las características que debe tener como recinto migratorio de alojamiento para otorgar una estancia digna, ya que fue construido para ser utilizado como centro de encarcelamiento, circunstancia que incumple con lo establecido en la Ley de Migración".

El organismo nacional documentó que a las personas migrantes que eran llevadas a dicho lugar no se les proporcionó asistencia consular, atención médica, ni acceso a llamadas telefónicas con sus familiares y consulados, además de que ocho menores no acompañados (una niña y siete niños y adolescentes varones) convivieron con adultos de ambos sexos en áreas de alojamiento muy sucias y parecidas a “celdas”.

"Este organismo nacional confirmó que al padecer tales condiciones de detención y estancia les fueron vulnerados sus derechos a la seguridad jurídica, a la protección a la salud, al interés superior de la niñez y al trato digno".

Personal de la CNDH visitó varias veces esta estancia a fin de documentar las quejas que lo señalaban y logró documentar que, en los hechos, la Estancia Migratoria Fortín es utilizada como estancia “provisional”, para alojar a personas en contexto de migración.

También pudo observar que la niña, los niños y adolescentes no acompañados, fueron alojados en esas instalaciones, por lo que se omitió brindarles la protección integral de sus derechos a partir de la determinación de su interés superior, ya que no se les canalizó de forma inmediata a un Centro de Asistencia Social del DIF.

"Por todo ello, la CNDH pide al comisionado del INM se realicen las acciones necesarias con la finalidad de que a la brevedad las personas que se encuentren detenidas en la Estancia Migratoria Fortín, sean trasladadas a un recinto migratorio que cuente con la infraestructura adecuada para garantizarles un alojamiento digno en respeto a sus derechos humanos".

También le demandó suspender la operación de esas instalaciones y se garantice un alojamiento digno y seguro a las personas migrantes que sean detenidas y que habrían de ser presentadas en la misma; además que se les garantice su derecho a presentar una denuncia cuando sean objeto de delito independientemente del recinto migratorio en el que se encuentren.

Que se atienda el principio del interés superior de la niñez y se garantice que las personas extranjeras privadas de libertad se encuentren debidamente informadas de su situación jurídica y les sean respetados sus derechos procesales.

Además, la CNDH solicitó en su recomendación que de manera coordinada con los Sistemas DIF, nacional, estatales y municipales, así como con las Procuradurías de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, se tomen las medidas respectivas que garanticen que las personas menores migrantes no acompañadas presentadas ante el INM sean canalizadas inmediatamente a albergues o centros de asistencia social, evitando ser alojadas momentáneamente en recintos migratorios.

Colaborar ampliamente con la CNDH en el trámite de queja que promueva ante el Órgano Interno de Control en el INM en contra de los responsables de las violaciones a derechos humanos enumeradas anteriormente; supervisar todas las estaciones migratorias y estancias provisionales del INM existentes en el país, a fin de asignar recursos suficientes para que las instalaciones reúnan las condiciones de habitabilidad que permitan una estancia digna a las personas extranjeras en contexto de migración; entre otras.

TEMAS RELACIONADOS:

|