SE PRESUME CULPABLE

Eduardo Coronel Chiu

Asuntos Públicos

2021-11-11

La prisión preventiva, contra la presunción de inocencia. El principio de que toda persona debe considerarse inocente mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez de la causa, una de las bases del nuevo sistema penal acusatorio, es hasta ahora en México, y por supuesto en Veracruz, solo una declaración constitucional de buenas intenciones.

La sentencia reciente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que resolvió la inconstitucionalidad del agregado de delitos en materia fiscal que el Congreso de la Unión sumó al catálogo de los que ameritan prisión preventiva oficiosa- cárcel del presunto responsable, mientras sigue el proceso- puso a la vista las distorsiones en el sistema de justicia penal que atentan contra la presunción de inocencia.

Si bien la Corte invalidó las reformas a la legislación secundaria que consideraba las acciones de evasión fiscal como riesgos a la seguridad nacional, en la argumentación dejaron el claro que la prisión preventiva es una medida de excepción y no la regla, lo que atrajo la mirada sobre los excesos en su aplicación.

La permanencia de un imputado de un delito en prisión sin haber sido sentenciado es incompatible con la presunción de inocencia. Al inicio de la reforma al sistema de justicia penal la prisión preventiva oficiosa, estaba limitada a un número reducido de delitos, entre ellos, delincuencia organizada, homicidio, secuestro , desaparición de personas y otros que la ley determinara como graves, catálogo que extendió a capricho el congreso en 2019, para incluir desde corrupción por enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, uso electoral de programas sociales, “huachicoleo” y hasta robo de casa habitación.

JUSTIFICACIÓN ABUSIVA

Pero aún más abusiva es la prisión preventiva “ justificada”. Prevista en la constitución política para casos de verdadera excepción, su aplicación discrecional ha permitido a ministerios públicos y jueces de control cooperativos, mantener en prisión preventiva a una gran cantidad de personas acusadas de delitos que la Constitución y el Código Nacional de Procedimientos Penales no consideran graves y que por tanto, los imputados deberían seguir el proceso en libertad.

En estricto derecho, procedería su aplicación “ solo cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado a juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, así como cuando el imputado este siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso”. Entre las otras medidas posibles están el brazalete localizador, la prisión domiciliaria o el simple control mediante firma periódica en el juzgado.

LA JUSTICIA COMO ESPECTÁCULO

El abuso de la prisión preventiva “ justificada” en parte responde a la facilidad para MP de asegurar la reclusión del imputado mientras reúne las pruebas de la acusación y desde luego a la complacencia de los jueces de control que la conceden, pero también, tiene una particular aplicación en los casos de conveniencias extralegales, sobre todo por motivaciones políticas, sea como un medio de venganza, como espectáculo en el linchamiento social o para aparentar que están haciendo justicia. Se encarcela para simular justicia.

A nivel nacional en el actual sexenio el caso mas sonado es el de Rosario Robles Berlanga, la ex secretaria de desarrollo Agrario, territorial y urbano (SEDATU), mantenida en prisión preventiva desde hace dos años por supuesto riesgo de fuga, no obstante que se presentó voluntariamente a un citatorio de la Fiscalía General de la República (FGR). Detrás de la acusación de haber sido omisa en la “estafa maestra”, resuenan los video escándalos de los allegados a AMLO, en 2004, filmados con los fajos de dinero.

En Veracruz no son pocos los casos de motivación e interés político del grupo gobernante. Podrían seguir sus juicios en libertad por los delitos que les imputan pero están atornillados con la prisión preventiva justificada, la ex presidenta del IVAI, Yoli García Alvarez, los Yunistas, Bernardo Segura, ex subsecretario de Egresos, Rogelio Franco, ex secretario de gobierno, Gregorio Gómez, ex candidato del PRD a alcalde de Tihuatlán, Nicolas Ruiz, ex candidato del PAN a alcalde de Minatitlán, el duartista, ex secretario de finanzas Antonio Gómez Pelegrín.

Estarían en esta situación, incluso, los padres del presunto feminicida Marlon, acusado de la muerte de Montserrat en el puerto de Veracruz, detenidos el pasado fin de semana en la ciudad de México y encarcelados en Pacho Viejo, a quienes les dictaron prisión preventiva, notoriamente amañada.

Ante la falta de resultados en la captura del presunto responsable, aprehenden a los padres, imputados por participación en el delito de feminicidio; será difícil de probar su participación( por el encubrimiento, dado el parentesco, tendrían causa excluyente de incriminación ) pero por lo pronto, el gobierno del estado oculta sus deficiencias mostrando a los padres en la cárcel, como si el condenable delito de feminicidio fuese imputable por linaje.

MAS DE LA MITAD DE LOS RECLUSOS DE VERACRUZ, EN PRISIÓN PREVENTIVA

Más allá de los casos conocidos en la opinión pública, están los datos. En el país la prisión preventiva se incrementó 21% en 2020, según el estudio Hallazgos 2020, Seguimiento y Evaluación del Sistema de Justicia Penal, elaborado por México Evalúa.

En el Estado, de acuerdo con el Censo Nacional del Sistema Penitenciario 2021 publicado por INEGI, 3, 358 personas, más de la mitad de la población interna,
( 52.24%) encarcelada, no ha sido sentenciada. La población en prisión preventiva en 2020, se elevó en casi 6 puntos porcentuales, respecto del año previo.

Al final del proceso no todos reciben sentencia condenatoria, pero mientras tanto pagan un castigo anticipado irreparable.

Por cierto que el estudio citado de México Evalúa, ubica al sistema de justicia penal de Veracruz en el lugar 29 del ranking, con 321 puntos de 1000. La impunidad estructural es negativa. El Indice de Impunidad de la Fiscalía General del Estado es de 94.3%, y su Indice de Efectividad de 5.7%. Son Hallazgos 2020.

En el sistema de justicia penal nacional ( salvo excepciones) y estatal, absolutamente en el mundo al revés, el acusado, se presume culpable, y si su caso es de espectáculo político, permanecerá a la sombra hasta que dejen el poder sus verdugos.