Avala Congreso uso de aplicaciones para servicios turísticos y de hospedaje

+Por unanimidad, aprueban su aprovechamiento en beneficio del sector.

Congreso

Boletín - 2020-07-28

Con 45 votos a favor, el Pleno legislativo aprobó el Dictamen con Proyecto de Decreto, presentado por la Comisión Permanente de Turismo, por el que se regula la prestación de servicios de hospedaje y turísticos en relación con el uso y aprovechamiento de aplicaciones tecnológicas.

El Dictamen aprobado es resultado de la Iniciativa presentada el 16 de enero de 2020 por la diputada María Esther López Callejas, quien propuso para tal efecto reformar diversas disposiciones de la Ley de Turismo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

La reforma y la adición al artículo 4 de la referida ley definen que los prestadores de servicios turísticos son “quienes ofrezcan, proporcionen o contraten servicios para las y los visitantes, incluyendo los ofertados por medio de aplicaciones, redes sociales, plataformas digitales o cualquier otro medio de aplicación similar”.

Para esto, precisa que debe entenderse por plataforma digital “la aplicación tecnológica mediante la cual la persona física o moral administradora opera en su carácter de gestor, intermediario, promotor, facilitador o cualquier otra actividad análoga, que permite a las y los usuarios contratar servicios de hospedaje”.

La reforma al Artículo 5, señala como atribución de la Secretaría de Turismo y Cultura del estado (Sectur) coadyuvar con el Ejecutivo federal en materia de clasificación de establecimientos de hospedaje y servicios turísticos, en los términos de la regulación correspondiente, “incluyendo los ofertados por medio de aplicaciones, redes sociales, plataformas digitales o cualquier otro medio de aplicación similar”.


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