Por violentar a ediles, le tiran aspiraciones a Alcaldesa de Tamiahua

+Tribunal Electoral ordenó inscribir a Citlali Medellín en Registro de Sancionados por Violencia Política

Zona Norte

Apolinar Velazco - 2021-04-14

Los magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) ordenaron inscribir a la alcaldesa de Tamiahua, Citlali Medellín Careaga, en el Registro Local y Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.

Por lo que será la segunda presidenta municipal del Estado en formar parte del referido catálogo, truncándose así sus aspiraciones políticas en el actual proceso comicial, ya que pidió licencia para contender por un nuevo cargo público.

La decisión de los integrantes del TEV se dio en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), dentro del juicio interpuesto por el síndico único, Albertico Rivera del Ángel y la regidora Tercera, María Victoria González Ramos, en contra de la edil y el secretario del Ayuntamiento.

El fallo de la instancia federal ordenó a los magistrados veracruzanos analizar de manera exhaustiva las pruebas aportadas por González Ramos y definir qué autoridad de ese municipio ejerció violencia política en razón de género en contra las mujeres.

“Se considera que los responsables de la violencia Política en razón de género ejercida en contra de la Regidora Tercera, fueron generados, tanto por la Presidenta y el Tesorero Municipal, ambos del Ayuntamiento de Tamiahua, Veracruz, en virtud de quedar demostrado por la Ley orgánica del municipio libre del estado, que la Presidenta Municipal, tiene un rol de mando y toma de decisiones dentro del Ayuntamiento, y el Tesorero, por su parte, tiene facultades de ejecutar dichas decisiones por estar encuadrado en un marco de subordinación”, se precisa en la decisión.

Se añade que la entonces Presidenta Municipal y el Tesorero señalaron en sus informes haber tenido conocimiento de las irregularidades en el pago de las percepciones de la Regidora Tercera, en relación con los demás regidores; por lo que, se ordenó realizar una transferencia por concepto de “ajuste por retroactivo de sueldo”.

Concluyeron que Medellín Careaga sí instruyó en un principio, la reducción de las remuneraciones de la inconforme, en detrimento de sus derechos, ya que la reducción salarial no se realizó de manera general para todos los ediles.

En razón de lo anterior, consideraron fundada la violencia política en razón de género ejercida por estos funcionarios en contra de María Victoria González Ramos

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