Suprema Corte anula permisos ambientales para ampliar el puerto de Veracruz
+Ordenó al gobierno revisar de nuevo todos los proyectos, para aclarar si pueden dañar arrecifes y humedales.
Nacionales
Víctor Fuentes / REFORMA.COM - 2022-02-09
La Suprema Corte de Justicia anuló hoy los permisos ambientales que, desde 2004, han permitido la ampliación del puerto de Veracruz, y ordenó al gobierno revisar de nuevo todos los proyectos, para aclarar si pueden dañar arrecifes y humedales.
La Primera Sala de la Corte amparó a residentes veracruzanos que, en 2016, iniciaron un litigio contra las ampliaciones solicitadas por la Administración Portuaria Integral (API) de Veracruz, la última de las cuales, de abril de 2017, permitió extender la zona norte del puerto.
La API Veracruz registró, desde 2008, un proyecto de inversión de 22 mil 981 millones de pesos para la "ampliación natural" del Puerto, del cual ya se han ejercido 20 mil 628 millones de pesos, con mil 237 millones autorizados para 2022.
Está por verse el impacto que la sentencia de la Corte tendrá sobre las obras que ya construidas, pero el amparo no ordena cancelarlas.
La principal objeción de los Ministros, fue la forma fragmentada en que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) fue otorgando permisos para cambio de suelo y autorizaciones de impacto ambiental, quince en total en el periodo 2004 a 2017, sin hacer una evaluación integral de posibles daños al ecosistema.
"(Las autoridades) no atendieron a la mejor información científica disponible; no analizaron y evaluaron de manera completa cada uno de los diferentes impactos ambientales que el proyecto y su modificación podrían ocasionar, en tanto se analizó dicho proyecto y las obras vinculadas de manera fragmentada", explica la sentencia, presentada por el Ministro Juan Luis González Alcántara.
Agrega que esto violó el derecho a un medio ambiente sano de las personas que promovieron el amparo.
El fallo obligará a Semarnat a revisar manera integral el proyecto de ampliación y las obras relativasaun las ya ejecutadas, pero considerando la totalidad de arrecifes y humedales que se encuentran en la zona de influencia de dicho proyecto, entre ellos el arrecife conocido como la Loma.
Este análisis deberá considerar los impactos ambientales acumulativos, sinérgicos y residuales del proyecto y obras autorizadas, en su conjunto.
"Hecho lo anterior, deberá pronunciarse en torno a los impactos ambientales y a la viabilidad o no de autorizar la continuación de las obras respectivas, en cuyo caso deberá instruir el despliegue de medidas de prevención y/o mitigación tendentes a evitar revertir o paliar los eventuales daños al medio ambiente que las obras de ampliación del Puerto de Veracruz ya hayan causado, estén causando o puedan causar en el ecosistema impactado", agrega el amparo.
La Corte aclaró que no prejuzga sobre la existencia de daños ambientales, sino que Semarnat es la que deberá aclarar si existen o no, es decir, no se está ordenando, por ahora, demoler o retirar alguna obra.
"Esta Primera Sala puntualiza que la protección de los humedales es una prioridad nacional e internacional que ha llevado a nuestro país a emitir una estricta regulación de este ecosistema y, en términos de la normativa citada, cualquier análisis que se haga en relación con los humedales debe guiarse por un criterio de máxima precaución y prevención", explicó la Corte, en su fallo unánime.