Por Acuerdo de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) y de conformidad con lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 25 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, la LXVI Legislatura hizo el llamado del ciudadano Enrique Cruz Canseco, presidente municipal suplente electo del Ayuntamiento de Jesús Carranza, Veracruz, para que, previa protesta de ley, asuma el cargo con el carácter de propietario, hasta en tanto subsista la imposibilidad material y jurídica del presidente municipal propietario electo de ejercer el cargo.
Lo anterior, toda vez que es un hecho público y notorio que el presidente municipal propietario electo, Pasiano Rueda Canseco, está imposibilitado materialmente de asumir el cargo, al encontrarse actualmente vinculado a proceso penal y privado de su libertad.
El Acuerdo de la Jucopo refiere que los derechos político-electorales del presidente municipal propietario no se encuentran restringidos, al no existir, de momento, resolución judicial definitiva en ese sentido, lo cual está demostrado al permitirle las autoridades electorales competentes contender nuevamente como candidato a la presidencia municipal de Jesús Carranza en la elección extraordinaria pasada.
Asimismo, ante tal privación de la libertad y dejando a salvo los derechos político-electorales de la citada persona, para que cuando en su derecho corresponda los haga valer según sus intereses, la LXVI Legislatura estima indispensable realizar acciones para garantizar el inicio del funcionamiento del Ayuntamiento de Jesús Carranza.
Con esta acción, se cumple el sistema normativo que rige la vida interna de los ayuntamientos del estado y se favorecerá la gobernabilidad y el correcto despacho de los asuntos de los que debe conocer el órgano de gobierno municipal de referencia.
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