Para el diputado local, Ramón Díaz Ávila, no hay condiciones para instalar un concejo municipal en Sayula de Alemán ni tampoco decretar desaparición de poderes.
Luego de que la alcaldesa Lorena Sánchez Vargas, desde Ciudad de México aseguró haber sido amenazada, secuestrada, hostigada y extorsionada en 7 meses, por presuntos integrantes de un grupo delictivo, además que su menor hijo se encontraba secuestrado.
En ese sentido, el legislador petista explicó que la desaparición de poderes podría darse en el escenario de un conflicto en el municipio, es decir, cuando no hay control "y en Sayula de Alemán hay denuncia de la alcaldesa, pero no ha habido una desbandada de regidores, del síndico ni de nadie".
En cuanto a que la Guardia Nacional pueda tomar el control del municipio o la Fuerza Civil "son muchos temas antes de pedir una desaparición de poderes", dijo.
Hay que destacar que todo lo dicho por la alcaldesa Lorena Sánchez Vargas, ha sido desmentido por el Síndico y los cuatro regidores de Sayula de Alemán, que negaron que el control de las finanzas, personal y el municipio se encuentren bajo el mando de grupos delincuenciales.
Dijeron que todo es mentira, pues cuentan con pruebas que señalan que tanto la presidenta municipal como sus familiares se encuentran libres; argumentando que lo que busca es tener control de las finanzas municipales.
Dijeron que en 7 meses, ha solicitado quince préstamos por más de doscientos mil pesos a cuenta de su salario, pero no ha cubierto los adeudos, y busca es seguir usando los recursos municipales para sus temas personales, señaló el regidor Abimael Merino de los Santos.
Aseguraron que la alcaldesa durante 15 días no se presentó al palacio, por lo que fueron suspendidas las sesiones de cabildo ante su ausencia.
¿Cuándo y porque deben desaparecer poderes en un municipio?
Desaparición de los poderes estatales. Se refiere a la extinción o pérdida de la posibilidad de continuar ejerciendo el poder político por parte del titular del Ejecutivo y las funciones públicas estatales por parte de un cuerpo colegiado que ejerza el Poder Legislativo o Judicial en una entidad federativa.
La desaparición de los poderes de un Estado se puede suscitar en los casos de que los titulares de los poderes constitucionales: i) quebrantaren los principios del régimen federal; ii) abandonaren el ejercicio de sus funciones, a no ser que medie causa de fuerza mayor; iii) estuvieren imposibilitados físicamente para el ejercicio de las funciones inherentes a sus cargos que afecten la vida del Estado.
Impidiendo la plena vigencia del orden jurídico; iv) prorrogaren su permanencia en sus cargos después de fenecido el período para el que fueron electos o nombrados; y, v) promovieren o adoptaren forma de gobierno o base de organización política distintas de las fijadas en los artículos 40 y 115 de la Constitución.
Cabe señalar que el objetivo de la declaratoria de desaparición de poderes es reconstruir los poderes constitucionales de un Estado, no eliminarlos.