El subsecretario de Seguridad Pública de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, Ricardo Mejía detalló la figura de la prisión preventiva oficiosa durante la conferencia mañanera del presidente Andrés Manuel López Obrador.
Detalló que con relación a la prisión preventiva oficiosa que actualmente se discute en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ocurre en dos vías; la primera en relación a un amparo de revisión y la segunda con relación a una acción de inconstitucionalidad.
El funcionario aseguró que la prisión preventiva oficiosa o automática pretende:
Proteger a la víctima y a su familia de su agresor
Evitar que los presuntos delincuentes se sustraigan de la acción de la justicia
Evitar que los criminales amenacen o atenten contra los testigos durante las diferentes etapas del proceso penal
Evita la reincidencia
Prevenir la comisión de futuros delitos en contra de la sociedad.
Entre otros delitos que ameritan la prisión preventiva oficiosa están:
Abuso o violencia sexual contra menores
Delincuencia organizada
Homicidio doloso
Feminicidio
Violación
Secuestro
Trata de personas
Robo a casa habitación
Uso de programas sociales con fines electorales
Corrupción como enriquecimiento ilícito
Robo a transporte de carga en cualquiera de sus modalidades
Robo de hidrocarburo
Delitos violentos cometidos con armas de fuego
Portación de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo de las fuerzas armadas del país
Delitos que atenten contra la seguridad de la nación.
La prisión preventiva oficiosa se da sin que quede al arbitrio de un juez.
El funcionario aseguró que si se elimina la prisión preventiva oficiosa no solo los delincuentes saldrían por la ‘puerta giratoria’, sino que podría hablarse ahora de una puerta abierta, porque “92 mil personas que hoy en México están sujetos a prisión preventiva por delitos graves: secuestradores, narcotraficantes, feminicidas, entre otros, podrían solicitar mediante amparo ser excarcelados, con eso habría una gran impunidad”.