Necesario hacer uso de los medios de comunicación para denunciar
Fiscales obligados a iniciar investigaciones de hechos delictivos, por menores que sean
Zona Norte
Juan Carlos Jiménez Benavidez - 2014-03-29
La falta de cultura de la denuncia en la población cada vez es más notorio, debido a que creen que los tramites son engorrosos y se sigue presentando la misma corrupción en las oficinas públicas, contrario a esto el procurador de justicia del estado hace un llamado a la población que otro canal de denuncia son los medios de comunicación, debido a que con esto los encargados de las oficinas impartidoras de justicia, a partir de una nota periodista de un hechos delictivo esta obligados a iniciar una investigación.
Debido a que toda denuncia de un hecho delictivo se debe perseguir de oficio, aún si no existe querella ante el Ministerio Público, asegurándolo así, Ángel Bravo Contreras, al señalar que es obligación de las autoridades iniciar una investigación aún sin denuncia formal.
Asegurando el procurador de justicia que solamente con el tema de una nota en medios de comunicación se puede iniciar la investigación puesto que al estar publicada, ya es una denuncia pública.
Por tanto, al Ministerio Público le corresponde corroborar el origen y veracidad de las notas periodísticas para iniciar la averiguación e investigación ministerial, debido a que el Ministerio Público con el solo conocimiento que tenga del hecho tiene la obligación de iniciar, no iniciar incluso es una responsabilidad legal.
Esto después de que existe un mal concepto de la sociedad con respecto de la denuncia pues se trata de dar a conocer un hecho ante una autoridad pero poner el rostro ante una agencia es sólo una modalidad de denuncia; en la actualidad hay canales incluso anónimos como el número telefónico 01800 en distintas instancias como la Marina, el Ejercito, Seguridad Pública y la Procuraduría.
finalmente el funcionario estatal reiteró que ante el solo conocimiento de una noticia, la dependencia tiene la obligación de iniciar la averiguación, pero si un funcionario del MP conoce un hecho que es público y no inició la averiguación previa, puede sancionarse y debe sancionarse porque con el solo conocimiento o la sola noticia que tenga del acto tratándose de una cuestión que sea oficiosa, tiene que iniciar la averiguación.