Propone Román Jiménez modernizar el acceso a la información pública

+Presenta el diputado a nombre de su grupo legislativo iniciativa que reforma la Constitución Política del Estado en materia de transparencia

Congreso

COMUNICADO - 2016-01-14

El diputado Víctor Román Jiménez Rodríguez, propuso homologar la Constitución Política del Estado con la reforma federal, en materia de trasparencia, lo cual conlleva modificar el nombre del actual Instituto Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI) por el de Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

El también presidente de la Comisión Permanente de Transparencia y Acceso a la Información presentó la iniciativa que busca que el órgano garante en materia de trasparencia y protección de datos personales, se integre por tres comisionados, -que ya no se denominarán consejeros-, con permanencia en el cargo 5 años.

Establece también garantizar la renovación escalonada del organismo, cuyos integrantes podrían ser sujetos a juicio político y plantea la creación de un órgano consultivo integrados por seis consejeros honoríficos, quienes serán elegidos por el Congreso del Estado.

Prevé que el derecho de acceso a la información pública y protección de datos personales lo garantice el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

El organismo será autónomo, especializado e imparcial; contará con personalidad jurídica y patrimonio propio, así como plena autonomía técnica y de gestión, para proponer su proyecto de presupuesto y determinar su organización interna.

Será competente para conocer asuntos relacionados con el acceso a la información pública y protección de datos personales en posesión o a cargo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial o cualquier autoridad, entidad, órgano u organismo que forme parte de éstos.

Incluye también a los ayuntamientos, organismos autónomos, fideicomisos y fondos públicos, así como de partidos políticos, sindicatos o cualquier persona física o moral que reciba y ejerza recursos públicos.

Sus resoluciones tendrán carácter vinculatorio, serán definitivas e inatacables para los sujetos obligados, con excepción de lo previsto en el artículo 6º de la Constitución General de la República.

El Organismo se integrará por tres comisionados. Para su designación, el Ejecutivo del Estado, propondrá al Congreso una terna elaborada a partir de una convocatoria pública emitida para ello.

Quienes aspiran a ser comisionados deberán cumplir los requisitos que indica la Constitución Política del Estado, entre los que destacan no haber sido candidato a cargo de elección popular, cuando menos tres años antes de su designación.

Los comisionados durarán en su encargo cinco años, sin posibilidad de reelección y durante el tiempo que dure su nombramiento no podrán tener ningún otro empleo, cargo o comisión, salvo en instituciones docentes, científicas o de beneficencia.

El Organismo tendrá un Consejo Consultivo integrado por seis consejeros honoríficos, que serán elegidos por el voto de la mayoría de los miembros presentes del Congreso de Estado; la ley determinará los procedimientos a seguir para la presentación de las propuestas, así como su competencia y atribuciones.

La designación de los Comisionados del Instituto deberá realizarse a más tardar 90 días posteriores a la entrada en vigor del decreto correspondiente.

Los actuales consejeros del Instituto cesarán en sus funciones, cuando se nombren los nuevos Comisionados. Para garantizar la renovación escalonada de los comisionados del organismo garante, el Congreso del Estado nombrará por única ocasión a un comisionado por cinco años; a otro por tres años y al tercero por un periodo de dos años.

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