Reforma no criminaliza a las mujeres; garantiza el derecho a la vida: Diputadas

+Lo único que aprobó el Congreso fue establecer la obligación del Estado de garantizar el derecho a la vida, desde la concepción hasta la muerte natural

Congreso

COMUNICADO - 2016-01-23

Así como se reconoce el derecho a la salud, a la educación y a la vivienda, también debe haberlo a la vida, por esta razón las diputadas y diputados del Congreso del Estado de Veracruz aprobaron una iniciativa de reforma para elevar a rango constitucional la obligación de garantizarlo, expresó la legisladora Octavia Ortega Arteaga.

También las diputadas Mariela Tovar Lorenzo y María Belén Fernández del Puerto, coincidieron que el Congreso local aprobó una reforma al artículo 4 de la Constitución Política del Estado, que garantiza el derecho a la vida del ser humano desde el momento de la concepción hasta la muerte natural. El aborto no está regulado en esta iniciativa, eso es materia del Código Penal.

No se trata de una “Ley antiaborto”, sino una reforma constitucional para reconocer el derecho a la vida, recalcaron las legisladoras.

Puntualizaron que esta reforma establece el derecho a la vida como derecho humano y de ninguna manera se contrapone con otros derechos: “no criminaliza a las mujeres”.

El Pleno en ningún momento legisló en materia de aborto, ya que esto corresponde a la legislación penal: “El Código Penal no se modificó y en éste claramente se establece que no hay cárcel para quien aborte”.

Además, asentaron, hoy en Veracruz ni una sola mujer debe estar en prisión por haber abortado e insistieron en que la reforma -aprobada por el Pleno de la Legislatura LXIII local en la sesión décima primera de este jueves- nada tiene que ver con la supuesta pretensión de criminalizar a la mujer.

Con esta reforma Veracruz se suma a la mayoría de los estados que garantizan el derecho a la vida, con lo cual México es un país en sintonía con los tratados internacionales que así lo defienden.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 señala que todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y la seguridad de su persona. En tanto la Convención Americana sobre Derechos Humanos refiere que toda persona tiene derecho a que se respete su vida.

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