Suprime Congreso de la ley estatal a los juzgados de comunidad

+Con 44 votos a favor de diputados de las bancadas del PRI, PAN, PRD, PVEM y Nueva Alianza, fue aprobado el Dictamen

Congreso

Boletín - 2016-07-12

Las diputadas y diputados de la LXIII Legislatura de Veracruz derogaron de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado los artículos 86, 87, 88 y 89 para desaparecer los juzgados de comunidad, dado que éstos pierden los objetivos de su creación con la implementación del nuevo Sistema de Justicia Penal.

Durante la décima primera sesión ordinaria, del tercer año de labores, el Pleno aprobó con 44 votos a favor de diputados de las bancadas del PRI, PAN, PRD, PVEM, Nueva Alianza, este dictamen para suprimir de la legislación estatal los juzgados de comunidad y la función desempeñada por los jueces.

Los jueces de comunidad, también llamados “jueces auxiliares” desempeñan funciones de apoyo a los jueces municipales en las congregaciones pertenecientes a ese ámbito de gobierno y no reciben remuneración alguna por su servicio.

Esta característica podría contravenir la regla general actualmente contenida en el artículo 127 de la Norma Suprema, en virtud de la cual, quienes presten servicios a cualquier ente público deben recibir una remuneración.

Actualmente hay mayores posibilidades para que las autoridades municipales se desplacen a las congregaciones a realizar tareas propias de su función, por lo tanto esta figura no es viable que esté en la legislación, indica.

El sistema de administración de justicia no sufre ningún detrimento con esta derogación ya que las funciones eliminadas son honorificas o auxiliares, advierte el Dictamen.


TEMAS RELACIONADOS:

|