Incrementarían sanciones por brindar medicamento inapropiado
+ GLPAN proponen modificar el Código Penal para establecer sanciones para médicos o personal de enfermería que brinde alguna sustancia o medicamento en perjuicio de la salud del paciente
Congreso
COMUNICADO - 2017-06-20
Para imponer sanciones severas a los médicos o personal de enfermería que teniendo consciencia de ello, suministren un medicamento inapropiado o cualquier otra sustancia en perjuicio de la salud del paciente, el grupo legislativo del Partido Acción Nacional (PAN) a través del diputado Tito Delfín Cano presentó una iniciativa de reforma el artículo 256 y adiciona el 253 Bis al Código Penal para el Estado.
Durante la séptima sesión ordinaria, del primer año de labores de la LXIV Legislatura, el diputado leyó la iniciativa en tribuna en la que explicó que corresponde al Estado asegurar la asistencia médica una vez que la salud, por la causa que sea, ha sido afectada, así como preservar el bien jurídico protegido por la Constitución.
De acuerdo a la propuesta legislativa se impondría prisión de siete a doce años, multa de mil a dos mil Unidades de Medida y suspensión para ejercer la profesión u oficio por un lapso igual al de la pena de prisión impuesta al personal médico o de enfermería que suministre un medicamento evidentemente inapropiado, alterado, compuestos inertes, caducos, clonados o cualquier otra sustancia o compuestos químicos en quimioterapias o en cualquier tratamiento o atención medica en perjuicio de la salud del paciente.
Esta medida aplica también para los químicos, médicos, biólogos, encargados o trabajadores de laboratorios que fabriquen, comercialicen o distribuyan los medicamentos mencionados anteriormente.
Se impondrán de cinco a diez años de prisión y multa de quinientas a mil unidades de medida a los dueños, encargados, empleados o dependientes de farmacias que, al surtir una receta, sustituyan la medicina específicamente indicada por otra que sea dañina o evidentemente inapropiada al padecimiento para el cual se prescribió.
Cuando este delito sea cometido por servidores públicos tales como: personal médico, de enfermería, practicantes o de apoyo pertenecientes a centros de salud de la administración pública, las sanciones previstas en este artículo se duplicarán.
El legislador Tito Delfín refirió que durante los dos gobiernos anteriores, la Secretaría de Salud realizó tratamientos de quimioterapias adulteradas a niños, así como pruebas falsas para detectar VIH.
“El Gobernador aseveró que la primera vez que se detectó la adquisición de material médico apócrifo fue en el año 2010 durante el sexenio de Fidel Herrera, desde esa fecha ya existía una red de proveedores que suministraban estos fármacos clonados”, añadió.
Dijo que el medicamento de nombre Avastin es ocupado para tratamientos de quimioterapias, por esta razón se le pidió al Grupo Roche hiciera un análisis del supuesto medicamento, llegando a la conclusión que la muestra recibida no correspondía a un producto original del laboratorio y por ende no contenía las sales ni la composición respectiva.
“Este medicamento era vendido al Gobierno del Estado de Veracruz por empresas exprofeso que únicamente se utilizaron para comprar 800 millones de pesos en medicamentos”, abundó.
Para que en lo sucesivo no se susciten más hechos indignantes es imprescindible reformar ciertos preceptos del código penal para el Estado de Veracruz, en el rubro de los delitos cometidos por médicos, auxiliares y otros relacionados con la práctica de la medicina, concluyó el legislador.