Desde el fin de semana varios antros que se ubican en la zona centro de esta ciudad suspendieron sus actividades esto al ser supervisados por la dirección de protección de riesgos sanitarios, ejecutando medidas se seguridad sanitaria.
Esto toda vez que bajo la consideración del artículo 411 de la ley general de salud para el estado de Veracruz, asegura que Las autoridades sanitarias competentes podrán ordenar la inmediata suspensión de trabajos o de servicios o la prohibición de actos de uso, cuando, de continuar aquéllos, se ponga en peligro la salud de las personas.
Además de considerar el amparo del artículo 412, el cual señala que la suspensión de trabajos o servicios será temporal. Podrá ser total o parcial y se aplicará por el tiempo estrictamente necesario para corregir las irregularidades que pongan en peligro la salud de las personas. Se ejecutarán las acciones necesarias que permitan asegurar la referida suspensión. Esta será levantada a instancias del interesado o por la propia autoridad que la ordenó, cuando cese la causa por la cual fue decretada. Durante la suspensión se podrá permitir el acceso de las personas que tengan encomendada la corrección de las irregularidades que la motivaron.
Entre otros artículos en lo que se mencionan que dichos establecimientos han recaído en irregularidades sanitarias, por lo que les han dado un periodo de tiempo para poder solventar las irregularidades de lo contario les será concedida la suspensión definitiva.
Por lo que esta es una medida de seguridad sanitaria, toda vez que después de darse la reapertura de cada antro, al incurrir en las mismas irregularidades, se harán acreedores cada propietario a sanciones mayores.