Avalan diputados (as) reforma que prevé derecho de veracruzanos a la vivienda

+La Ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.

Congreso

COMUNICADO - 2018-01-11

Las diputadas y diputados de la LXIV Legislatura de Veracruz aprobaron –en su segundo periodo- cuatro proyectos de decreto de reformas a la Constitución Política del Estado, entre los que destacan el que modifica el artículo 9 para establecer que toda familia veracruzana tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa.

La Ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo. La propiedad y la posesión tendrán las modalidades y limitaciones señaladas por la Constitución Federal y la Ley.

Este registró 43 votos a favor de los diputados de los Grupos Legislativos del PAN, MORENA, PRI, PRD, Juntos por Veracruz; los legisladores de los Partidos Nueva Alianza y Del Verde Ecologista de México, así como de las diputadas independientes Miriam Judith González Sheridan y Eva Cadena Sandoval.

De igual forma el Pleno aprobó el Decreto por el que se reforma la fracción XXXIX Bis del artículo 33 de la Constitución Política del Estado en relación las facultades del Congreso del Estado para aprobar el Plan Veracruzano de Desarrollo, y conocer la evaluación que haga el titular del Poder Ejecutivo anualmente de su avance, en los términos de la ley respectiva.

Este Decreto fue aprobado con 43 votos a favor. No se registraron votos en contra o abstención.

En la sesión, las y los diputados avalaron –en su segundo periodo- el Decreto por el que se adiciona un párrafo, que será el séptimo, al artículo 5° de la Constitución Política del Estado para indicar que corresponde al Estado, promover y proteger el patrimonio cultural y natural de las comunidades de afrodescendientes radicados en la entidad, a través de la implementación de las políticas públicas pertinentes.

Este Decreto fue aprobado con 42 votos a favor. No se registraron votos en contra o abstención.

También fue aprobado –con 42 votos a favor- el Decreto que reforma el artículo 36 de la Constitución Política local que considera aprobado por el Ejecutivo la ley o decreto no devuelto con observaciones totales o parciales al Congreso dentro de los diez días hábiles siguientes a su recepción.

Al término de este plazo, si no hubiere observaciones, el Ejecutivo deberá mandar a publicar la ley o decreto dentro de los tres días hábiles siguientes. Transcurrido este segundo plazo, la ley o decreto será considerado promulgado y el Presidente del Congreso ordenará inmediatamente su publicación en la Gaceta Oficial, y si esta no se realizare por responsabilidad del servidor público titular de ese órgano de difusión, este será sancionado conforme al procedimiento establecido en la ley.

Los plazos a que se refiere el párrafo anteriorno se interrumpirán si el Congreso hubiere cerrado o suspendido sus sesiones, en cuyo caso la devolución deberá hacerse a la Diputación Permanente.

La ley o decreto devuelto con observaciones formuladas por el Ejecutivo será discutido nuevamente por el Congreso en un plazo no mayor a quince días, contado a partir de su recepción. En este debate podrá intervenir el Gobernador del Estado o quien él designe, para motivar y fundar las observaciones y responder a las cuestiones que sobre el particular formulen los diputados. Si la ley o el decreto son confirmados por el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes, será reenviado al Ejecutivo para su promulgación y publicación.

Si las observaciones del Ejecutivo contuvieren una propuesta modificatoria a la ley o decreto, el Congreso podrá aprobarla con la misma votación señalada en el párrafo anterior.

En este punto el diputado del Grupo Legislativo Juntos por Veracruz, Fernando Kuri Kuri anunció su voto a favor del Dictamen por considerar que esta reforma evitará que el Gobierno incumpla con la publicación en la Gaceta Oficial del Estado de las iniciativas aprobadas por el Congreso del Estado.

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