Alrededor de siete millones costarán policías despedidos por Adriana Maass a los cosamaloapeños

+Arturo Bermúdez Zurita se deslindó del caso, "yo no les dije que los despidieran".

Zona Sur

Pablo Solano Tejeda - 2016-10-05

Cerca de siete millones de pesos costara el capricho de la alcaldesa Adriana Maass Michel de los 22 policías despedidos en el primer año de su administración, precisamente. Despido avalado por el cabildo en pleno, sin justificación alguna. Y que obedeció, -a que según-, los oficliales no eran acreditables por la Secretaría de Seguridad Pública. Pero el mismo ex secretario de la SSP Arturo Bermúdez Zurita se deslindó del asunto, aclarando que “él no les dijo que los despidieran”. Pero, trascendió que el motivo real, fue porque -eran- del grupo del ex alcalde Juan René Chiunti Hernández, aún diputado local por el distrito de Cosamaloapan.

Para el caso, los despedidos promovieron un Juicio en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo con sede en la ciudad de Coatazcoalcos ese mismo año. Correspondiéndole el número 14/2014/II. Y en el cual se requiere a la alcaldesa, síndico único y el cabildo en pleno el pago a los demandantes, en el Cuaderno de Ejecución de Sentencia número 1/2015 del índice de la Sala Superior de ese tribunal.
Pero ante la negativa de las autoridades municipales de dar cumplimiento la sentencia ejecutoria con requerimiento en autos de fechas veintisiete de agosto, diez de septiembre y veintiocho de octubre de dos mil catorce. La Sala Regional del conocimiento les impuso una multa de cincuenta salarios mínimos vigente por auto de cuatro de diciembre de dos mil catorce. Y se remitieron los autos a la Sala Superior.
Quien requirió nuevamente el cumplimiento del fallo por proveídos de veintiocho de abril y tres de mayo de dos mil dieciséis (fojas 23 a 36 y 155 del cuaderno de ejecución. Tanto a las autoridades demandadas, Síndico Único, Presidente Municipal y comandante de la policía municipal de Cosamaloapan. Así como al Cabildo en Pleno como órgano representativo y superior jerárquico de las demandas, sin que a la fecha se haya dado cumplimiento a la sentencia referida.
Quedando de manifiesto que han retardado el cumplimiento por más de un año y nueve meses del fallo en cuestión. El cual habiendo causado estado debe cumplirse en sus términos, toda vez que su efectividad no debe supeditarse a circunstancias ajenas al juicio. Por lo que se dio vista al Coordinador de la Fiscalía Especializadas en Delitos Relacionados y Cometidos por Servidores Públicos. Con el acuerdo de los autos del Juicio Contencioso Administrativo 14/2014/II y del Cuaderno de Ejecución de Sentencia número 1/2015.
Para que se inicie la investigación correspondiente de acuerdo al Código Penal de Estado Veracruz y se determine la responsabilidad de las autoridades referidas por el evidente desacato e incumplimiento a la resolución judicial de tres de julio de dos mil catorce dictada por la Sala Regional Zona Sur del Tribunal de lo Contencioso Administrativo con sede en Coatzacoalcos.

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