Convocatoria para postular candidaturas para integrar el Consejo de Planeación para el Desarrollo Municipal (COPLADEMUN)

+ Publican las bases y el procedimiento para participar

Zona Sur

COMUNICADO - 2018-03-12

El Honorable Ayuntamiento de Coatzacoalcos, Veracruz, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 11 y 10 de la Ley de Planeación del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 191 de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 7, 8 y 9 del reglamento interior del Consejo de planeación para Desarrollo Municipal de Coatzacoalcos, Veracruz.

A los sectores públicos, social y privados del municipio, a las distintas organizaciones representativas de los obreros, campesinos y grupos populares; a las instituciones académicas, profesionales y de investigación, a los organismos empresariales, organizaciones estudiantiles, de jóvenes y de mujeres así como a otras agrupaciones sociales, cámaras empresariales, Barras o Colegios de Abogados y Profesionistas, Asociaciones, Instituciones Educativas, Deportivas o Culturales; y otras instancias públicas que incidan en el desarrollo político, económico y social del Municipio, a postular candidaturas para integrar el Consejo de Planeación para el Desarrollo Municipal (COPLADEMUN), de acuerdo a las siguientes

BASES: DEL REGISTRO DE CANDIDATURAS

Las candidaturas podrán postularse a título individual o por medio de alguna entidad pú- blica o social, deberán cumplir con las siguientes bases.

PRIMERA.- El COPLADEMUN es un órgano de participación ciudadana y consulta, auxiliar del Ayuntamiento en las funciones relativas a la planeación, integrado por ciudadanos y organizaciones sociales, representativas de los sectores públicos, social y privado del municipio, designados por el Cabildo. Para el adecuado cumplimiento de sus atribuciones, el COPLADEMUN se integrará de la siguiente manera: I.- Un Presidente y Suplente, II.- Un Secretario y Suplente, III.- Un Coordinador Municipal y Suplente, IV.- Un Coordinador Social y Suplente, V.- Un Coordinador Técnico y Suplente; VI.- Un Cuerpo de Asesores. Cada cargo contará con su respectivo suplente, que en ausencia del titular asumirá las mismas funciones. Si algún titular no pudiera continuar con el cargo, el suplente ocupará el puesto vacante previa autorización del Cabildo, haciéndose constar en el acta correspondiente.

SEGUNDA.- Para poder ocupar un cargo dentro del COPLADEMUN, se deberán cumplir con los siguientes requisitos;

I.- Ser ciudadana o ciudadano del Municipio de Coatzacoalcos o tener vecindad en pleno ejercicio de sus derechos, debiendo presentar para tal efecto una constancia de residencia debidamente certificada por el Ayuntamiento y/o copia simple de credencial de elector y copia simple de un comprobante de domicilio (recibo de Teléfono, CFE, etc.), no menor a un año.

II.- Tener probada solvencia moral y reconocimiento entre la población del Municipio, preferentemente profesionista y/o tener conocimientos probados sobre temas Municipales; para lo cual deberá presentar semblanza curricular (debiendo especificar preferentemente la posición de su interés dentro del COPLADEMUN) que demuestra su trayectoria personal y profesional.

III.- Exposición de motivos donde señale las razones de su postulación para ser integrante de este Órgano de Participación Ciudadana, indicando el área donde pueda contribuir al desarrollo del municipio, en máximo una cuartilla de papel bond.

IV.- Carta bajo protesta de decir verdad en papel bond, en el que manifieste lo siguiente: • No haber sido condenado por delito alguno. • No ser al momento de la postulación dirigente de algún partido político o líder sindical con comisiones dentro de la estructura formal del Ayuntamiento emisor de la presente convocatoria. • No desempeñar ningún cargo en la Administración Municipal. • No tener intereses económicos o políticos en la Administración Municipal. • No ser prestador de servicios del Ayuntamiento. • No haber sido funcionaria o funcionario en los dos últimos años previos a esta convocatoria. • No tener relación, parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado con el Presidente Municipal, o demás integrantes del cuerpo edilicio (Síndico y Regidores). • No haber sido candidata (o) a cargo alguno de elección popular en los últimos tres años previos. • Manifestar expresamente que se aceptan todos los términos de la presente convocatoria. • Podrán ser postuladas (o) maestros, maestras, profesores o profesoras de las instituciones educativas públicas y privadas siempre y cuando se encuentran libres de desempeñar otro cargo, comisión o empleo. • En el caso de Colegios, Barras, Asociaciones, Instituciones Académicas, Organizaciones de la Sociedad Civil u otras Entidades conformadas sin fines de lucro, podrán postularse cumpliendo los mismos requisitos.

V.- Los ciudadanos que deseen ocupar los cargos de presidente, secretario, coordinador municipal, coordinador social y coordinador técnico, no deberán
tener la condición de servidores públicos del Ayuntamiento.

VI.- Los cargos ocupados tanto por ciudadanos como por servidores públicos para la operación del COPLADEMUN, tendrán el carácter de honoríficos, por lo que en el desempeño de los mismos no se otorgará remuneración económica o alguna contraprestación.

TERCERA.- Todas las propuestas y la documentación respectiva deberán ser dirigidas al LAE. Miguel Guillermo Pintos Guillén, Secretario del Ayuntamiento, en el segundo piso del Palacio Municipal, ubicado en Avenida Ignacio Zaragoza, número 404, C.P. 96400, Colonia Centro.

CUARTA.- El periodo de recepción de las propuestas y registro de las candidaturas será del 12 al 14 de marzo de 2018, en un horario de las 08:00 hrs. a las 15:00 hrs. La convocatoria cerrará el 14 de marzo a las 15:00 hrs.

QUINTA.- La información y documentación será considerada como confidencial, por lo que será resguardada, hasta el momento en que se determine el resultado de la elección garantizando la protección de los datos.

SEXTA.- Son causas de sustitución de un integrante del COPLADEMUN: I.- La solicitud expresa del ciudadano. II.- La muerte o enfermedad que impida el desempeño de sus funciones. III.- No asistir a dos sesiones de Asamblea General de manera consecutiva, teniendo conocimiento de la respectiva convocatoria. VI.- El cambio de residencia a otro Municipio. V.- El incumplimiento de alguno de los requisitos para ser integrante. VI.- Por estar sujeto a un proceso criminal por delito que merezca pena corporal, a contar desde la fecha del auto de formal prisión.

DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

SÉPTIMA:El Ayuntamiento a través de la Secretaría y en coordinación con la Comisión Edilicia de Planeación del Desarrollo Municipal y/o la Comisión Edilicia de Participación Ciudadana y Vecinal, con base en el análisis de la documentación presentada por los interesados, de conformidad con los requisitos establecidos en esta convocatoria pública, presentará al Presidente Municipal una propuesta de composición del Consejo la cual será aprobada en CABILDO.

OCTAVA.- Lo no previsto en la presente convocatoria será resuelto por las Comisiones de Planeación del Desarrollo Municipal y Participación Ciudadana y Vecinal.

NOVENA: Publíquese la presente convocatoria en los medios de comunicación oficiales del H. Ayuntamiento de Coatzacoalcos, Veracruz y diarios de mayor circulación en el Municipio.

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