La voluntad anticipada en Veracruz

Luis Alberto Romero

Hora Cero

2018-10-30

El pasado viernes 26 de octubre, los diputados que integran la Legislatura de Veracruz aprobaron la polémica Ley de Voluntad Anticipada.

El boletín oficial del Poder Legislativo veracruzano indicó que dicha ley “tiene por objeto garantizar la atención médica a los enfermos en situación terminal, así como la de acatar su decisión de negarse a someterse a medios, tratamientos y procedimientos médicos que pretendan prolongar de manera innecesaria su vida”.

La iniciativa fue presentada en agosto pasado por la diputada panista Mariely Manterola, quien preside la Mesa Directiva en el Congreso local; sin embargo, ese tema fue puesto sobre la mesa de la discusión pública desde hace años por el abogado, ex senador y ex diputado local Magno Garcimarrero Ochoa, quien ha dedicado al menos siete años al estudio del asunto.

La de Magno ha sido una voz frecuente, constante, en varios temas de la agenda pública veracruzana desde hace dos o tres décadas; se le recuerda, por ejemplo, por sus propuestas para defender a los centros históricos de algunas ciudades de Veracruz; por la protección de los animales, y de forma mucho más reciente, por el tema de la voluntad anticipada, que se podría resumir como la decisión de una persona para ser sometida o no a tratamientos médicos para prolongar la vida, cuando se encuentra en etapa terminal.

La intención, ha dicho Garcimarrero Ochoa, es evitar la obstinación terapéutica; es decir, el uso de métodos médicos desproporcionados y a veces inútiles, dada la gravedad del paciente, con el objeto de alargar la vida cuando el enfermo ya se encuentra en agonía, cuando no hay nada que hacer.

La propuesta fue presentada por Magno al extinto diputado local Fidel Robles Guadarrama, del Partido del Trabajo, quien no tuvo tiempo para completar el procedimiento legislativo.

El tema no es nuevo en el país: fue legislado inicialmente en el Distrito Federal en 2008; posteriormente fue aprobado por otras 11 legislaturas estatales, Coahuila, Aguascalientes, Hidalgo, Chihuahua, San Luis Potosí, Guanajuato, Michoacán, Nayarit, Guerrero, Colima y Estado de México.

Cuando este recurso se aprobó en el Distrito Federal, que cuenta con una ley en la materia, se argumentó que respalda el derecho del paciente a decidir sobre los cuidados que recibirá en la última etapa de su vida.

Básicamente, la voluntad anticipada sería el equivalente al testamento, que es un instrumento jurídico que indica cómo se debe disponer de los bienes de una persona después de su muerte; en el caso de la figura que propuso Magno Garcimarrero, la persona indica cómo quiere que se disponga de su salud, su cuerpo y su vida, en un momento cercano a la muerte, con enfermedad terminal, y en el que ya no sea capaz de decidir por sí misma.

El asunto se ha prestado a la confusión; incluso, el Arzobispo de Xalapa, Hipólito Reyes Larios, ha emitido una declaración contraria a esta ley.

Habría que decir, sin embargo, que la voluntad anticipada no es un eufemismo para referirse a la eutanasia o a la muerte asistida, ya que su objetivo no es provocar la muerte o acortar la vida de un enfermo en estado terminal, sino respetar y acompañar el curso natural de la enfermedad en esta etapa.

Magno Garcimarrero tiene motivos para estar orgulloso por la paternidad de esta ley en Veracruz, que en la actual legislatura estatal fue presentada por la diputada Mariely Manterola y aprobada con 41 votos a favor (PAN, MORENA, PRI, PRD y Juntos por Veracruz), con sólo una abstención.