* UV: CRISIS DE GOBERNANZA

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Raymundo Jiménez

AL PIE DE LA LETRA

2022-10-17

Para comprender en su justa complejidad lo que realmente sucede en la Universidad Veracruzana (UV), hay que dar un vistazo a lo acontecido durante el primer año de gestión de la actual administración rectoral (que, hay que destacar, se desarrolló mayoritariamente a distancia), es decir, no debe analizarse de forma aislada sino como un fenómeno sistémico: desde las denuncias en contra de académicos, “tendederos” en contra de acosadores sexuales, falta de equipamiento y de insumos básicos, sanitarios dignos, estudiantes que ingresan a las aulas armados, las movilizaciones estudiantiles de la semana pasada en varios campus y hasta las renuncias preocupantes de funcionarios de primer nivel, ya que no sólo ha trascendido la de la Secretaria Académica, doctora Elena Rustrián Portilla, sino que se sabe al menos de otro par más.

En suma, todo ello evidencia un grave problema de gobernanza en todos los frentes de la más importante casa de estudios superiores de Veracruz. Es decir que el problema no es sólo estudiantil , sino que éste es estructural y, lamentablemente, los enormes vacíos que la actual gestión rectoral ha dejado han sido llenados por la desconfianza y el hartazgo.

Por supuesto que las omisiones sistemáticas de la actual gestión son responsabilidad directa de quien la encabeza, así como de su equipo de colaboradores, pero también tiene a otros actores tan responsables como él: los integrantes de la Junta de Gobierno que, a poco más de un año de distancia de haber designado al Rector y de ser testigos de sus pifias registradas ante la opinión pública, no han atinado a pronunciar una sola palabra en torno del tema.

Por ejemplo, de acuerdo con los artículos 38 fracción VI y 39 de la Ley Orgánica de la UV, corresponde al Rector proponer a la Junta de Gobierno la terna para el nombramiento del Secretario Académico, y a la Junta de Gobierno su designación.

El Reglamento de la Junta de Gobierno dispone en su artículo 16 inciso c) que para designar al Secretario Académico se requiere el voto favorable de por lo menos seis de sus miembros.

Si bien no está contemplada en la legislación universitaria la posibilidad de renuncia del Secretario Académico y consecuentemente la forma de proceder para sustituirlo, conviene acudir a la analogía estudiando el caso de la vacancia del Rector.

Entonces, de acuerdo con el artículo 31 del Reglamento de la Junta de Gobierno, “en caso de renuncia… del Rector, la Junta de Gobierno designará un sustituto…”. Ante la ausencia de disposición expresa, la norma análoga aplicable podría ser ésta.

Y cabría agregar lo señalado en el artículo 34 del mismo Reglamento, respecto de que “la Junta de Gobierno procederá a entrevistar a quienes hayan sido propuestos para ocupar la Secretaría Académica… Concluidas las entrevistas el pleno de la Junta deliberará para determinar las designaciones correspondientes. En caso de que las deliberaciones no generen una o ambas designaciones, se informará al Rector para que en un término no mayor de diez días naturales remita una nueva propuesta, debiendo la Junta resolver en un plazo no mayor de ocho días naturales”.


 


 


HERNÁNDEZ-PALACIOS DA CÁTEDRA


 


Por cierto, este viernes 14, en el marco del LVIII Consejo de Universidades Públicas e Institutos Afines (CUPIA) que sesionó en Guadalajara, Jalisco, el abogado y académico xalapeño Luis Hernández-Palacios Mirón, titular de la Procuraduría Agraria, firmó un convenio de colaboración con el Secretario General Ejecutivo de la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), doctor Jaime Valls Esponda, y el Subsecretario de Educación Superior de la SEP, doctor Luciano Concheiro.


 


Ahí, el ex aspirante a la Rectoría de la Universidad Veracruzana (UV) expuso que “la Reforma Constitucional de 1992 redujo lo agrario a la tenencia superficial de la tierra; el agua quedó regulada en la ley de la materia; los bosques y las selvas en las leyes ambientales y en la Ley del Desarrollo Forestal Sustentable y, finalmente, la minería y la extracción y transmisión de energía eléctrica y de hidrocarburos como actividades prioritarias, ajenas a la propiedad social y establecieron formas de ocupación superficial y de servidumbres de paso, afectando a lo que es la propiedad de la tierra.


 


“Derivado de la Reforma Constitucional señalada y la consecuente expedición de la Ley Agraria, al concluir el reparto agrario, se creó la falsa impresión de que terminaba el derecho agrario y ello tuvo la consecuencia de que su estudio, investigación y enseñanza tuviera un proceso de reducción significativa en las Instituciones de Educación Superior del país.


 


“Frente a esta visión reduccionista es necesario de que el Derecho Agrario del Siglo XXI no solo regule la tenencia de la tierra individual y colectiva, sino que debe incorporar la noción de territorio. Es decir, no solo el suelo sino el agua, la selva, el bosque, la biodiversidad, el conocimiento tradicional, los lugares sagrados como patrimonio social de los núcleos agrarios beneficiados con la entrega de tierras.


 


“Para este esfuerzo de reconstruir e integrar un nuevo conocimiento, es fundamental e indispensable la contribución de las Instituciones de Educación Superior para actualizar el conocimiento de un nuevo Derecho Agrario, propiciar su enseñanza y colaborar en la difusión en beneficio de la sociedad”, afirmó Hernández-Palacios Mirón, orgullosamente veracruzano.